martes, 5 de noviembre de 2013

La Justicia impide la reventa de marcas de lujo en Internet

Jueces de primera y segunda instancia han avalado los recursos de L’Oréal y del grupo LVMH en defensa de sus marcas Dior, Givenchy, Kenzo, Guerlain o Perfumes Loewe, entre otros, contra distribuidoras españolas de mercancías premium en la web. Sin embargo, las demandadas advierten de que el asunto no está zanjado y de que van a recurrir, ya que aseguran que se trata de un conflicto sobre el que no hay todavía una doctrina clara.

Es el caso de Websales Ibérica, que ganó el pleito a L’Oréal en primera instancia en el Juzgado de lo Mercantil 1 de Alicante y que lo ha terminado perdiendo, de momento, en segunda instancia, en la Audiencia, pero que va a recurrir al Tribunal Supremo. Además, fuentes de esta empresa española subrayan que los jueces no han otorgado a L’ Oréal las medidas cautelares que demandaba. La compañía considera que la sentencia de segunda instancia es “arbitraria y da un poder monopolístico a la gran marca contrario a la libre competencia”.

A su juicio, en este conflicto “están en juego miles de pequeños negocios que practican el comercio paralelo legítimo”. El argumento de estas distribuidoras es que la ley sólo impide vender una marca de prestigio sin un acuerdo expreso si se hace en condiciones que afecten a su prestigio o imagen de marca, pero que es perfectamente legítimo en el libre mercado vender un producto sin autorización mientras se haga de la misma forma que los distribuidores autorizados. En este caso, además, L’ Oreal no informaba de que tuviera unas cláusulas específicas para distribución y venta, a diferencia de otras compañías. Por último, la empresa asegura que sus clientes reciben el mismo servicio de atención y calidad y control de producto que los que ofrecen los distribuidores oficiales.

En otro apartado se encuentran los pleitos por importaciones paralelas. El derecho exclusivo del titular se agota si él mismo ha comercializado los productos o ha dado su beneplácito. A su vez, el grupo LVMH presentó demanda contra la compañía Vicinanza Trading que estimó el Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona. La sentencia declaró que la comercialización de las marcas del grupo por parte de un distribuidor no autorizado constituye una violación de los derechos de marca y ordenó a la compañía demandada el cese de la comercialización de los productos del grupo.

Vicinanza es una empresa dedicada a la comercialización mayorista de perfumes, provenientes en su mayoría de terceros países. La sentencia considera que la comercialización por parte de Vicinanza de las marcas del grupo (Dior, Givenchy, Kenzo, Guerlain, Perfumes Loewe, entre otros) es ilegal, al suponer un desprestigio de las mismas. Juan Pedro Abeniacar, consejero delegado del grupo LVMH, considera que la compañía demandada “no cumple con los rigurosos requisitos que se exigen a los miembros de la red de distribución selectiva”. Algunos, arguye el grupo LMVH, son el control de ubicaciones, la formación del personal de venta, las muestras y las campañas promocionales. Por su parte, Vicinanza va a recurrir la sentencia.

El conflicto en los tribunales
La ley permite vender marcas de lujo sin su consentimiento en Internet mientras se haga en condiciones que no afecten a su prestigio. Los litigios que se plantean discuten si se cumplen estos requisitos. También se tiene en cuenta si la marca de prestigio informa de unas cláusulas específicas para vender sus productos. En otro apartado se encuentran los pleitos por importaciones paralelas. El Reglamento de la Marca Comunitaria confiere un derecho exclusivo por el que el titular puede prohibir a un tercero el uso de la marca sin su consentimiento en el Espacio Económico Europeo, que se agota si los productos han sido comercializados por el titular o con su beneplácito.

Firmado por Mercedes Serraller en www.expansion.com

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